Con la finalidad de facilitar el desplazamiento de las delegaciones de deportistas y demás visitantes que vienen a Lima para la versión XVIII de los Juegos Panamericanos, mediante el Decreto Supremo N° 124-2019-PCM el gobierno peruano ha dispuesto declarar el 26 de julio jornada no laborable y el 27 de julio como día no laborable. En ambos casos los trabajadores estarán sujetos a compensación, es decir, a recuperar las horas dejadas de trabajar.
Por Francisco Avendaño Arana
Mediante sentencia del Tribunal Constitucional del 12 de diciembre de 2018, publicada el 9 de julio de 2019 en la página web del Tribunal Constitucional, se ha declarado que la Junta de Propietarios no puede prohibir mascotas en un edificio.
Juan Fernando Ruelas Noa vivía en un departamento de su propiedad ubicado en el piso 16 de un edificio. Tenía una mascota que subía -con su dueño- al departamento por el ascensor. El Reglamento Interno no prohibía la tenencia de mascotas. Un día, se reúne la Junta de Propietarios y por mayoría modifica el Reglamento Interno, prohibiendo tener mascotas. Excepcionalmente, permitieron las mascotas que estaban en el edificio antes de la modificación del Reglamento Interno, pero solo mientras vivieran, y siempre que circularan por las escaleras de servicio. Las mascotas preexistentes a la modificación del Reglamento Interno quedaron así impedidas de usar el ascensor del edificio.
El 16 de setiembre del 2018 se publicó el Decreto Legislativo Nº 1426, norma que modificó y derogó diversas partes de la Ley Nº 29090, Ley de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones. De acuerdo con aquella disposición, el Reglamento de la Ley Nº 29090, aprobado por el Decreto Supremo Nº 011-2017-VIVIENDA, debía ser adecuado a los cambios introducidos en la Ley Nº 29090.
Por Francisco Avendaño Arana
El 24 de abril se publicó la ley que regula el procedimiento especial de desalojo notarial, y de inmediato comenzaron a llover las críticas. Hay objeciones de todo tipo. El principal cuestionamiento es que la Ley Nº 30933 es inconstitucional porque atribuye jurisdicción a los notarios, función que es exclusiva del Poder Judicial. En efecto, la norma estaría convirtiendo a los notarios en una suerte de jueces, porque resolverán conflictos de intereses entre propietarios y arrendatarios, lo cual viola flagrantemente el artículo 139º de la Constitución. De otro lado, se objeta el rol de “mero ejecutor” que la norma atribuye a los jueces, quienes a pedido del interesado deben proceder al lanzamiento casi “sin chistar”.
Por Patricia Santillán García
El pasado 24 de abril del 2019 el Congreso de la República expidió la Ley Nº 30933 que regula el procedimiento especial de desalojo con intervención notarial, como un intento de facilitar al arrendador la restitución de su inmueble frente a la negativa del arrendatario de entregarlo, siempre que el plazo del contrato de arrendamiento haya vencido o se haya incumplido el pago de la renta.
Por Jhonatan Quispe Quesada
En el presente artículo se comenta sobre algunas situaciones problemáticas introducidas por la actual regulación del “proceso de extinción de dominio”, a propósito de la publicación del Decreto Supremo N° 007-2019-JUS. Como presupuesto de este comentario, partiremos de un caso ficticio para resumir las modificaciones que el concepto “tercero adquirente de buena fe” ha experimentado en el tiempo.
Cada vez que se produce un siniestro, se endurece la legislación en materia de licencias de funcionamiento. El último ejemplo es lo ocurrido a propósito del lamentable incendio en Las Malvinas, en el que fallecieron dos personas. El Gobierno reaccionó modificando la Ley de Licencia de Funcionamiento, estableciendo que los Certificados de ITSE tienen una vigencia determinada. Es decir, los Certificados de ITSE deben renovarse.